Se aprobó un dictamen por medio del cual se reforma el Código Penal para el Estado de Tabasco

Aumentan penas por hurto de ganado en Tabasco

En el estado de Tabasco aumentan penas por hurto de ganado en Tabasco, esto fue aprobado el día de hoy por el Pleno del Congreso del Estado.

Se aprobó un dictamen por medio del cual se reforma el Código Penal para el Estado de Tabasco en materia de abigeato, que incrementa las penas por este delito, hasta 18 años de prisión.  

Su probación fue por  unanimidad de votos de los diputados, las reformas agregan otras especies de animales en este delito. 

Fueron derogados los artículos 181, 181 Bis, 182, 183, 183 bis, 184, 185, 185 Bis, 185 Bis 1 y 185 Ter, y fueron agregados los artículos 205 Bis, 205 Ter, 205 Quáter, 205 quintus, 205 sextus, 205 séptimus, 205 octavus, 205 novenus y 205 décimus.

En los artículos aprobados se incrementan las penas, hasta en 18 años de prisión, y esto dependerá de la cantidad de cabezas de ganado (bovinos y equinos) que sean robadas.

Además, hablamos de hurto por igual, y nos referimos a todo aquel que cometa este delito  con cabezas de “especies menores”: caprinos, ovinos, porcinos, conejos, liebres, abejas y aves, a excepción de las aves de corral.

 

Las penas se agravarán en los siguientes casos:

  • Se cometa valiéndose de la nocturnidad
  • Aprovechando alguna relación de trabajo, confianza o parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado del activo con el pasivo
  • Sea perpetrado por quienes se dedican a la actividad pecuaria.
  • Se ejecute con violencia física o moral en las personas.
  • El o los responsables simulen ser miembros de algún cuerpo de seguridad pública o de alguna otra autoridad.
  • Se trate de sementales y vientres de registro para el mejoramiento genético.
  • El o los responsables porten armas, aun y cuando no hagan uso de ellas.
  • El o los responsables sean propietarios o posesionarios de los predios colindantes o predios contiguos en los que sean sustraídos los animales.
  • Se utilice documentación falsa o supuesta orden de alguna autoridad.

Estas disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, lo cual podría ocurrir en los próximos días.

Ver más notas

¡Comparte!

You must be logged in to post a comment Login