Tribunal Electoral de Tabasco confirma que Javier May no incurrió en promoción personalizada

El Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) confirmó la resolución del  Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) donde se determina que el gobernador Javier May Rodríguez no incurrió en uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada en propaganda gubernamental durante su informe trimestral del mes de abril.

En la resolución emitida el pasado 15 de mayo, el IEPCT también declaró la inexistencia de infracciones por difusión de informes de labores en periodo no permitido. De esta forma, el órgano jurisdiccional rechazó el recurso de impugnación presentado por la representación electoral del PRD Tabasco atribuidos al mandatario estatal.

La ponencia propuso declarar infundados los agravios en razón de que sí se analizaron de manera integral los hechos denunciados atendiendo los planteamientos esgrimidos, llegando a la conclusión de declarar inexistentes tales conductas.

De tal forma que se concluyó que los hechos constituyeron propaganda gubernamental, más no hubo propaganda personalizada, y por tanto, tampoco se puede acreditar el uso indebido de recursos públicos.

La ponencia declaró infundado el agravio debido a que se acuerdo al análisis y las pruebas aportadas en el procedimiento no resultaron suficientes para comprobar que exista violación a la ley.

Ello, porque en las actas de inspección ocular levantadas por la Fscalía Electoral del IEPCT no se acreditó que May Rodríguez haya haya hecho propaganda a su imagen, así como haber utilizado recursos municipales, estatales o federales a su favor.

De ahí que los magistrados del TET en Pleno, encabezados por su presidente Oswald Lara Borges, aprobaron de manera unánime conformar el resolutivo del órgano electoral estatal.

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